Novedades fiscales 2024

Debido al adelanto de las elecciones, no se pudo aprobar los Presupuestos Generales del Estado para el 2024, por lo que era necesario aprobar un Real Decreto-Ley 8/2023 que permitiera implantar diversas novedades fiscales 2024 y medidas tributarias que a continuación detallamos:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Entre las novedades fiscales 2024 se prorrogan los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva (excepto las actividades agrícolas, ganaderas y forestales) y que son: 250 mil euros, si tenemos en cuenta el volumen de operaciones global, 125 mil si tenemos en cuenta los rendimientos íntegros por los que hayan estado obligados a expedir factura durante el ejercicio anterior y, 250 mil si tenemos en cuenta el volumen de compras de bienes y servicios, excluyendo las de inmovilizado. El plazo para renunciar a este método es del 29.12.23 hasta el 31.01.24
  • Se amplía hasta el 31.12.25 el ámbito temporal de aplicación de la deducción por obras de mejora en la eficiencia energética de las viviendas.
  • Se modifica la Ley del Impuesto para habilitar legalmente la posibilidad de que las declaraciones tributarias se presenten exclusivamente por medios electrónicos, siempre que la Administración Tributaria asegure la atención personalizada.

Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

  • Se prorroga la aplicación del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, mientras no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el sistema de financiación autonómica.
  • Se amplia el mínimo exento a 700 mil euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, sean o no residentes en España, evitando la posible discriminación entre contribuyentes.
  • Se establece la obligatoriedad de que todos los contribuyentes efectuarán la presentación de este impuesto por medios electrónicos, debido al perfil de los mismos.

Novedades fiscales 2024 del impuesto sobre Sociedades

Se prorroga la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables en instalaciones destinadas a autoconsumo de energía eléctrica , así como instalaciones para uso térmico de consumo propio que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones con fuentes no renovables fósiles puestas en funcionamiento en el 2023, o a lo largo del 2024, condicionado a que la plantilla media total se mantenga con relación a la del ejercicio anterior.

La cuantía máxima por este concepto será de 500 mil euros. Las entidades de reducida dimensión pueden optar por este beneficio o por el de libertad de amortización previsto en el art. 102 de la Ley 27/2014 con carácter general.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Entre las novedades fiscales 2024 se prorrogan para el ejercicio del 2024 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (mismos parámetros que enumerábamos en el apartado de cambios en el IRPF)
  • Igualmente, el plazo para renunciar a este régimen será del 29.12.23 hasta el 31.01.24
  • Se prorroga para este ejercicio de 2024 la aplicación del tipo impositivo del 0% para algunos productos básicos de alimentación (pan, harinas, leche de origen animal, quesos, huevos, frutas, verduras y legumbres)
  • Se prorroga el tipo impositivo del 5% para los aceites de oliva y semillas y pastas alimenticias.
  • Se prorroga para el 2024 la aplicación de tipos impositivos reducidos a determinados suministros de energía y gas natural: Se incrementa al 10% el tipo impositivo de los componentes de la factura de las entregas de electricidad y a las entregas de gas natural, pero en este caso sólo hasta el 31.03.24.

Impuesto especial sobre la Electricidad

Desde septiembre del 2021 se fijó el tipo impositivo en el 0.5% para controlar los incrementos de precio del mercado mayorista. Superada esta situación, se establece un tipo del 2.5% para el primer trimestre del 2024 y del 3.8% para el segundo trimestre.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

 Se actualizan los coeficientes que pueden aplicar los Ayuntamientos para calculas la base imponible del impuesto que oscilarán desde el 0.09 al 0,40%, en función del período de generación.

Concluyendo, ante la magnitud y complejidad de este Real Decreto con todas las novedades fiscales 2024, es fundamental adentrarse en un análisis más detallado para comprender sus implicaciones específicas. En este punto, no podemos más que recordar la importancia de contar con el respaldo de expertos en asesoría fiscal. En nuestra empresa, nos especializamos en desentrañar los entresijos de la normativa para brindarte la orientación adecuada.

SOLICITAR CONSULTA


Sobre el autor:

Miquel Valls

Asesor Fiscal

Miquel Valls – Asesores Fiscales y Financieros