Nuevas normas de facturación 2027: VERIFACTU

La normativa que regula los sistemas informáticos de facturación tiene como objetivo garantizar que los registros generados al emitir facturas sean íntegros, trazables e inalterables. Aunque inicialmente estaba prevista su aplicación obligatoria en 2026, los plazos se han aplazado a 2027. Las exigencias técnicas básicas y las dos modalidades de cumplimiento se mantienen.

¿Cuándo será obligatorio?

El Real Decreto-ley 15/2025 amplió un año los plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF):

Contribuyentes

Fecha límite

Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades

Antes del 1 de enero de 2027

Resto de obligados, incluidos los autónomos

Antes del 1 de julio de 2027

Hasta su fecha de aplicación obligatoria, cada colectivo se encuentra en un período de pruebas: puede ensayar la modalidad VERIFACTU y, en las condiciones indicadas por la AEAT, seguir utilizando temporalmente otros sistemas de facturación.

¿Qué son los sistemas informáticos de facturación?

Son los programas o herramientas con los que empresas y profesionales expiden facturas completas o simplificadas. Los sistemas sujetos al reglamento deben cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Integridad, inalterabilidad y trazabilidad: impedir que los registros se modifiquen o eliminen sin dejar constancia y permitir reconstruir la secuencia de facturación.
  • Registro de facturación y huella digital (hash): generar un registro al expedir cada factura y encadenarlo con los anteriores mediante mecanismos de seguridad.
  • Código QR: incorporarlo a las facturas completas y simplificadas expedidas mediante los sistemas afectados. La huella digital forma parte del registro, pero no debe imprimirse en la factura.
  • Conservación, accesibilidad y legibilidad: garantizar el tratamiento y la disponibilidad de los registros conforme a la modalidad elegida.

Los fabricantes deben acreditar el cumplimiento mediante una declaración responsable para el sistema y sus versiones. No se trata de una homologación individual emitida por la AEAT.

¿A quién afecta?

Con carácter general, a las empresas, autónomos y profesionales sujetos a la normativa tributaria de territorio común que utilicen programas informáticos para expedir facturas, incluidas las simplificadas, con independencia de que el destinatario sea otra empresa o un consumidor final.

Entre las principales exclusiones figuran los contribuyentes adscritos al Suministro Inmediato de Información (SII), los sujetos a normativa foral que quedan fuera del ámbito del reglamento y quienes emiten todas sus facturas exclusivamente de forma manual, sin utilizar un sistema informático de facturación. Deben tenerse en cuenta las circunstancias de cada actividad y las posibles excepciones autorizadas.

VERIFACTU 2027 o NO VERIFACTU: dos modalidades válidas

La obligación es utilizar un sistema adaptado cuando corresponda; la remisión inmediata de los registros a la AEAT no es obligatoria para todos los contribuyentes. Existen dos modalidades de cumplimiento:

VERIFACTU 2027

NO NO VERIFACTU

Envía automáticamente a la AEAT los registros de facturación, de forma continuada y segura.

Genera y conserva los registros en el propio sistema, sin remisión automática.

Permite al receptor comprobar, mediante el QR, que el registro consta en la AEAT.

Incluye QR, pero la factura no es verificable mediante consulta de su registro remitido.

No exige la firma electrónica de los registros ni conservar localmente los registros correctamente remitidos.

Exige firma electrónica de los registros, conservación y registro de eventos, además de otros requisitos de seguridad.

Precisa conexión para remitir los registros; la normativa contempla el tratamiento de incidencias técnicas.

No necesita remitir continuamente los registros, aunque deben estar disponibles ante posibles requerimientos.

En ambos casos siguen existiendo las obligaciones generales de conservar las facturas y la documentación justificativa durante los plazos legalmente aplicables. La remisión de un registro de facturación no equivale al envío del documento completo de la factura.

Aplicación gratuita de la Agencia Tributaria

La AEAT ya ofrece una aplicación gratuita de facturación, especialmente orientada a profesionales y negocios con un volumen reducido de facturas que no disponen de software propio. Funciona en modalidad VERIFACTU y remite los registros directamente a la Administración.

No tiene un límite anual o mensual de facturas, pero presenta restricciones importantes: no permite emitir facturas simplificadas (tickets), exige identificar al destinatario, no admite varios destinatarios y excluye determinados regímenes especiales. Las facturas emitidas en ella se gestionan dentro de la propia aplicación.

¿Cómo prepararse para 2027?

  • Comprobar si la empresa o profesional está incluido en el ámbito de aplicación y cuál es su fecha límite.
  • Confirmar con el proveedor que el programa incorpora los requisitos técnicos y dispone de la correspondiente declaración responsable.
  • Decidir qué modalidad resulta adecuada para la operativa de facturación y revisar los procedimientos de emisión y conservación.
  • Realizar pruebas antes de la fecha obligatoria y formar a las personas que emiten facturas o tickets.

La adaptación a los nuevos sistemas de facturación requiere revisar tanto el software como los procesos internos. En Miquel Valls podemos ayudarte a comprobar las obligaciones aplicables a tu negocio y planificar la transición a 2027.

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