En qué afecta a las empresas la nueva reforma del IRPF

Desde el pasado 1 de enero las empresas se pueden beneficiar de la reducción de los tipos impositivos y del número de tramos de la nueva reforma del IRPF que ha impulsado el gobierno.

La gran novedad de esta reforma es que se pasan de siete a cinco tramos del IRPF. Desde el inicio de este ejercicio se aplican:

  • tipos del 20% a aquellas personas que declaren unos ingresos anuales de 0 a 12.450 euros,
  • de un 25% a ingresos de 12.450 a 20.200 euros,
  • de un 31% de 20.200 a 35.200 euros,
  • de un 39% de 35.200 a 60.000 euros,
  • y de un 47% a ingresos superiores a los 60.000 euros anuales.

La nueva reforma del IRPF prevé una segunda fase: el próximo año bajarán de nuevo todos los tramos, pasando al 19%, 24%, 30%, 37% y 45% respectivamente.

Aquellos profesionales autónomos que puedan acreditar rentas inferiores a los 15.000 euros por actividades económicas durante el ejercicio anterior siendo estos más del 75% de la suma de ingresos por rendimientos del trabajo y actividades económicas, podrán beneficiarse de una reducción en el IRPF del 21% actual al 15%. Para el resto de los profesionales autónomos, las retenciones bajan del 21% al 19%, mientras que para el próximo ejercicio el tipo impositivo se situará en el 18%.

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Nuevo IRPF para emprendedores y módulos

La nueva reforma del IRPF también incluye novedades para incentivar la actividad de emprendedores y la creación de nuevas empresas. Las personas que tramiten nuevas altas en el régimen de autónomos podrán acogerse a un IRPF del 9% en los dos primeros años de ejercicio profesional.

Por otro lado, los empresarios que hayan elegido tributar por el sistema de módulos han de saber que con la nueva reforma queda fijado en 150.000 euros el umbral de exclusión general para actividades económicas, tanto en ingresos como en gastos. Quedan excluidos aquellos autónomos que facturen menos del 50% a personas físicas. Esta modalidad de pago por valoración objetiva únicamente queda vigente para los autónomos que realizan ventas de manera directa a los clientes finales, aunque se mantienen los profesionales de los sectores de comercio, hostelería, agricultura y pesca.

Por otro lado, con la nueva reforma del IRPF el umbral mínimo de declaración queda fijado en 12.000 euros, con lo que aquellos profesionales que hayan declarado ingresos inferiores a esa cifra quedarán exentos del pago de este impuesto.


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Sobre el autor:

Miquel Valls – Asesores Fiscales y FinancieroMiquel Valls

Especialista en Finanzas

Miquel Valls – Asesores Fiscales y Financieros