¿Puedo incluir varias actividades profesionales en una?

A través del formulario de nuestra web, nos ha llegado la siguiente consulta sobre incluir varias actividades profesionales bajo una sola sociedad profesional, que nos permiten hacer pública:

Tengo una duda en referencia a una Sociedad Limitada que tiene por objeto social la promoción inmobiliaria de edificaciones, alquileres e intermediación. Los socios (una abogada y un arquitecto) me preguntan si podrían incluir en esta sociedad las actividades de arquitectura y abogados y facturar a través de la Sociedad ya creada.

¿Podrían incluir estas actividades en la sociedad actual o tendrían que crear otra (SLP) al tratarse de actividades profesionales? Si es que si imagino que se tendría que hacer una escritura con ampliación del objeto social y registrarlo en el registro mercantil, y aparte, una modificación de datos a HACIENDA a través de un 036 .. ¿Es correcto?

Aun así, me gustaría saber si una vez hechos estos cambios (SI ES POSIBLE CLARO…), ¿los socios podrían cobrar una nómina, o tendrían que emitir una factura con la correspondiente retención a final de mes por los servicios prestados a la sociedad? En caso de tener que emitir factura se tendrían que dar de alta cada uno en Hacienda como autónomos profesionales y hacer las correspondientes declaraciones trimestrales imagino, ¿es correcto?

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Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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Nuestro despacho de asesoría fiscal responde sobre incluir varias actividades profesionales bajo una sola sociedad profesional:

A partir del 1 de enero de 2015 la retribución recibida por la prestación de servicios profesionales para los socios con alta en el RETA tendrá la consideración de rendimiento de la actividad económica.
Por eso tienen que concurrir las siguientes condiciones:

  1. que los rendimientos provengan de una entidad de la que es socio con independencia de que se sea o no administrador.
  2. que deriven de la realización de actividades profesionales (entidades incluidas Sec.2a de las tarifas IAE).
  3. que el socio esté dado de alta en el RETA.

Las consecuencias fiscales, para los socios profesionales, son:

  • Alta en actividades económicas a través del modelo 036
  • Emitir facturas repercutiendo IVA
  • Llevar libro registro de facturas
  • Presentar declaraciones trimestrales de IVA, en las declaraciones tendrá que liquidar IVA repercutido y podrá deducirse las cuotas de los gastos necesarios por la actividad
  • Las facturas tendrán que ir con la correspondiente retención
  • El socio tendrá que presentar el modelo 130 si el año anterior no ha tenido más del 70% de sus rendimientos profesionales con retención

Normativa aplicada

Ley 35/2006 LIRPF, art. 27 1.

En esta ocasión nuestros especialistas en asesoría mercantil también responden:

El art. 1 de la Ley de Sociedades Profesionales (LSP) dispone que “las sociedades que tengan por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional deberán de constituirse como sociedades profesionales en los términos de la presente Ley. A los efectos de esta Ley, es actividad profesional la que por su ejercicio sea requerida titulación universitaria oficial, o titulación profesional que por su ejercicio sea necesario acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción al correspondiente Colegio Profesional”.
En consecuencia, en nuestra opinión se tendría que constituir una segunda sociedad, profesional, que tenga por objeto social la actividad profesional detallada en la Consulta, limitando igualmente este objeto social en el ejercicio en común de la referida actividad profesional, que podrá ser ejercida tanto de forma directa cómo mediante la participación en otras sociedades profesionales, tal y cómo establece el art. 2 de la LSP.

Normativa aplicada

Ley 2/2007 de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales. Art. 1 y siguientes.


Sobre el autor:

Miquel Valls – Asesores Fiscales y FinancieroMiquel Valls

Especialista en Finanzas

Miquel Valls – Asesores Fiscales y Financieros